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F.A.Q.

Derecho de Autor

Derecho de autor

1. ¿Qué entendemos por derecho de autor?
Este es el derecho exclusivo del creador de una obra literaria, científica o artística de publicar o multiplicar su obra.

2. ¿Tengo que registrar mi obra para disfrutar de protección?
No. La Oficina de Propiedad Intelectual no ofrece la posibilidad de registro de derecho de autor. El derecho de autor no está sujeto a procedimientos de registro. Se considera que una obra tiene derecho de autor automáticamente después de empezar  su existencia. Esto está en acuerdo con la Convención de Berna. La Convención de Berna es un tratado internacional que arregla la protección de obras literarias y artísticas. Curazao están afiliadas a este tratado. Esto significa que obras literarias y artísticas independientemente de formalidades de registro, disfrutan de protección. 
Hay que tener en cuenta el hecho de que hay diferentes países que ofrecen la posibilidad de registrar obras con la meta de, por ejemplo, identificar y distinguir títulos de obras.

3. ¿En caso de que el derecho de autor no esté sujeto a una inscripción, cómo puedo probar que soy el autor?
Para autores es recomendable que pongan en sus obras una fecha. En caso de cuadros y dibujos es menos difícil. En la obra se puede ver quien es el autor. Pero en el caso de, por ejemplo, una composición musical, es más difícil. Por ese motivo es importante que pongan una fecha en cada parte de la obra que esté lista.
Además la Oficina de Propiedad Intelectual ofrece el servicio del i-Envelope como una posibilidad. El autor puede usar el i-Envelope para obras que todavía no son conocidos por el público. El i-Envelope es un medio adecuado para fijar la fecha de la creación de la obra.

4. ¿Es el ISBN (número de identificación de un libro) una forma de depósito de derecho del autor? 
 No. El ISBN es un sistema de números internacional para catalogar libros. Con este número se puede distinguir los libros el uno del otro. El número ISBN no da protección del derecho de autor. Este derecho ya lo tiene desde el momento en que ha creado el trabajo.

5. ¿Tengo que haber finalizado el trabajo si quiero obtener el derecho de autor? 
 No. El derecho de autor lo recibe automáticamente a partir del momento en que empieza en la creación de su trabajo. El trabajo no tiene que estar finalizado para estar protegido en su derecho de autor.